El pasado 9 de noviembre se publicaba la Ley 9/2017, de Contratos del sector público; una Ley que ha abierto a nuevos aires de modernidad y transparencia las ventanas y las ventanillas de la gestión administrativa.
Es ésta una Ley a la que debemos dar la bienvenida, porque con ella se pone punto final a un marco regulatorio obsoleto, fruto de un proceso legislativo de muchos años y resultado de una amalgama de dispersas disposiciones, carentes de un hilo conductor común. Me refiero, claro es, al Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011.
Factor determinante para tan importante cambio ha sido la Directiva 2014/24/UE, que ha introducido importantes elementos de transparencia y de calidad jurídica y técnica en la contratación, no solo en la fase de ofertas y adjudicaciones, sino también en la crucial etapa de su correcta y puntual ejecución. Gracias a esta nueva Ley España cuenta con un renovado marco jurídico, que es resultado de un amplio y positivo consenso.
Este modelo termina con la aplicación en solitario del arcaico criterio del precio más bajo, que ha generado durante años numerosos problemas a la hora de las adjudicaciones, sobre todo con la proliferación de “modificados”, ofertas temerarias y deficiente ejecución de obras y servicios.
Pero los criterios no económicos que recoge la ley y que hay que valorar igualmente han sido recogidos en la nueva Ley para diversos sectores, pero se han omitido para la Sanidad. Habría sido importante que se hubiesen recogido referencias a la calidad asistencial, a mejora de la calidad de vida de las personas mayores y/ o dependientes, a los resultados en salud, balance coste/beneficio en materia de medicamentos, a los avances e innovación tecnológica de los productos y equipamientos sanitarios o la contribución a la sostenibilidad económica del sistema sanitario público.
En este evento queremos contribuir a un mejor conocimiento del nuevo marco regulatorio y llevar al ánimo de los legisladores la necesidad de que promuevan una iniciativa legislativa o un desarrollo reglamentario que adapte el contenido de esta Ley a las peculiaridades de la sanidad pública, tal vez el servicio público más valorado por los ciudadanos.
Enlaces:
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